viernes, 6 de marzo de 2015

CONTROL FISCAL EN VENEZUELA



CONTROL FISCAL
El Control Fiscal es el conjunto de actividades realizadas por Instituciones competentes para lograr, mediante sistemas y procedimientos diversos, la regularidad y corrección de la administración del Patrimonio Publico.
La principal fuente de ingreso al patrimonio del Estado, después de los provenientes del petróleo tiene su origen en los tributos en general; para el mejor manejo y utilización de estos recursos, en beneficio de los ciudadanos y para cubrir los gastos públicos en general el Estado debe establecer unas Políticas Fiscales que le permitan un mejor Control Fiscal; estos aspectos son importantes ya que se trata de disminuir al mínimo la evasión en el campo fiscal y en consecuencia aumentar el ingreso por este concepto.
Los estudios del Control Fiscal han venido cobrando una gran importancia simultáneamente con el avance de la administración financiera y en la búsqueda de la efectividad y eficiencia en la prestación de información y métodos de recaudación , en nuestro país se ha implementado el Sistema Integrado de Gestión y Control de las Finanzas Públicas, con el fin de modernizar las finanzas públicas y Vincular en una estructura integrada y efectiva a los usuarios de las distintas dependencias y personal de soporte de redes.
El control Fiscal tiene un alto valor para el desarrollo económico del país, y por ello,  debe estar adaptado tanto a las necesidades, como a la realidad de la nación; y para ello debe analizarse y ser aplicado con absoluta seriedad, disciplina, y responsabilidad; para poder cumplir con los Objetivos de Desarrollo y Crecimiento Económico nacional.
Los Órganos encargados del control fiscal; en nuestro caso, la Contraloría General de la República, debe entender la necesidad que tiene el país de que sus acciones coincidan con lo establecido en sus objetivos, siendo un fuerte pilar de control  con una capacidad enorme de prevención y detección del delito. Asegurándose, primero, de su funcionamiento interno, sus alcances, competencias y limitaciones; para a partir de allí ejercer sus funciones con los parámetros que exigen la ley y con el mayor sentido de responsabilidad posible; respetando siempre la justicia social y los principios que poseen nuestras leyes; para lograr que todos los organismos sobre los cuales ejerce control; acaten también los principios legales, normas y se enfoquen en el mismo sentido; logrando así encaminar al país a su desarrollo y crecimiento económico.


SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL
A los fines de esta Ley, se entiende por Sistema Nacional de Control Fiscal, el conjunto de órganos, estructuras, recursos y procesos que, integrados bajo la rectoría de la Contraloría General de la República, interactúan coordinadamente a fin de lograr la unidad de dirección de los sistemas y procedimientos de control que coadyuven al logro de los objetivos generales de los distintos entes y organismos sujetos a esta Ley, así como también al buen funcionamiento de la Administración Pública.”
Art. 4 LOCGRSNCF

Base Legal
  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 290 (Gaceta Oficial N° 5.908 Extraordinaria del 19/02/09).
  • Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Artículo 4 y Capítulo I del Título II (Gaceta Oficial N° 37.347 del 17/12/01).
  • Reglamento de Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, Capítulo II (Gaceta Oficial N° 39.240 del 12/08/09).
  • Normas para el Funcionamiento Coordinado de los Sistemas de Control Externo e Interno (Gaceta Oficial N° 36.229 del 17/06/97).
Objetivo del Sistema Nacional de Control Fiscal
  • Fortalecer la capacidad del Estado para ejecutar eficazmente su función de gobierno.
  • Lograr la transparencia y la eficiencia en el manejo de los recursos del sector público y, establecer la responsabilidad por la comisión de irregularidades relacionadas con la administración, manejo o custodia de bienes o fondos públicos, por parte de los órganos y entes públicos y de las personas jurídicas o naturales que señala la Ley.
Principios
  • La capacidad financiera y la independencia presupuestaria de los órganos encargados del control fiscal, que le permitan ejercer eficientemente sus funciones.
  • El apoliticismo partidista de la gestión fiscalizadora en todos los estratos y niveles del control fiscal.
  • El carácter técnico en el ejercicio del control fiscal.
  • La oportunidad en el ejercicio del control fiscal y en la presentación de resultados.
  • La economía en el ejercicio del control fiscal, de manera que su costo no exceda de los beneficios esperados.
  • La celeridad en las actuaciones de control fiscal sin entrabar la gestión de la Administración Pública.
  • La participación de la ciudadanía en la gestión contralora.
Sistema Nacional de Control Fiscal ente Rector e Integrantes



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